UN VIEJO INDIO ESTABA HABLANDO CON SU NIETO Y LE DECÍA:"Me siento como si tuviera dos lobos peleando en mi corazon.Uno de los dos es un lobo enojado, violento y vengador.El otro esta lleno de amor y compasión".EL NIETO PREGUNTO:" abuelo,¿dime cual de los dos lobos ganará la pelea en tu corazón?"EL ABUELO CONTESTÓ:"Aquel que yo alimente."

viernes, 6 de abril de 2012

No quiero irme a Alemania

viernes, 17 de febrero de 2012

Carta de una profesora relatando la agresion policial a sus alumnos

Carta de una profesora de Educación Secundaria…..
EXPONGO
Con las lágrimas en mis ojos quiero contaros algo, una de esas cosas que te dejan con el alma sobrecogida, algo de eso que guardas en tu memoria para siempre, algo de eso que preferirías no haber visto, algo de eso que preferirías que no ocurriera……algo que no tendría que haber ocurrido…….
Tres menos cuarto de la tarde calle marques de Sotelo, pleno centro de Valencia, furgones policiales en las esquinas de la calle San Pau…….todo tranquilo….mi amiga me llama la atención de que algo esta ocurriendo……yo miro desde mi nube y pienso que algún político de esos elegidos por el pueblo y que tanto miedo le tiene a su pueblo que se hace proteger por varios furgones de la policía nacionallllllllll esta en algún organismo oficial…..
Entro en mi centro, voy a mi despacho que da a la calle Xativa…..frente de Renfe y comienzo escuchar como se van acercando un montón de furgones policiales……..salgo a ver que pasa solo cojo la chaqueta………….sin carnet, ni móvil, ni nada…..algo extraño dentro de mi me decía que tenia que salir…..no estaba actuando con la razón.……la situación de alerta era máxima……….se dispara mi sistema no racional………salgo como alma que se lleva el diablo…….
Toda esa policía cargaba brutalmente contra un grupo de unos cuarenta niños y niñas adolescentes………no lo podía creer….los tiraban al suelo……
Paralizada…..Llorando…..viendo aquellos alumnos y alumnas nuestros en la cera de Renfe……….
No quiero llamar desproporción de fuerza a eso porque sería insultar al género humano….porque no quiero caer en la manipulación del lenguaje que utilizan………esos llamados defensores de la democracia………
Esposas ………..y………furgones policiales ¿para qué? me pregunto …………..Si lo que querían eran acallar sus “gritos de verdad”………..MEJOR ESPADRAPO…….
Levanto mi voz,

SOLICITO
ESPADARAPO EN VEZ DE PISTOLAS, PORRAS, ESPOSAS Y FURGONES BLINDADOS……….
No es esto despilfarro, defenderse de 40 alumnos con todo ese despliegue policial…………..cuánto dinero podrían haber ahorrado hoy???????

domingo, 12 de febrero de 2012

BOICOT A MANGO Y AL SANTANDER



¿Conocéis a este tipo, verdad?




Es el Presidente de las tiendas de ropa MANGO.


El Iluminado (y de ascendencia turca, para más inri) ha tenido la poca vergüenza de decir que los funcionarios ganamos demasiado dinero, y que nuestro puesto no debe ser vitalicio. Que nos deben despedir, si la Economía lo exige...




¿Conocéis a este sonriente personaje?




Si, efectivamente es Emilio Botin, presidente del banco Santander... Otro que piensa lo mismo...


Estos dos sinvergüenzas, cuyo poder adquisitivo es tremendo, tienen la desfachatez de señalarnos con el dedo, como el verdadero problema de este país.


Funcionarios, empleados públicos, personal laboral de las Administraciones públicas..., ¿de verdad que después de saber esto, seréis capaces de entrar en una tienda MANGO, o tener vuestra nómina domiciliada en el SANTANDER?


No somos tontos y no debemos permitir que esta gentuza que se hace rica gracias a nosotros (la gente de a pie) nos trate así, además de mirarnos por encima del hombro.


REENVIAD ESTE MENSAJE, Y QUE SEPAN ESTOS INDIVIDUOS LA FUERZA QUE TENEMOS LOS FUNCIONARIOS Y SUS FAMILIARES.


BOICOT A ESTAS EMPRESAS, POR NUESTRA DIGNIDAD, POR NUESTRO PUESTO DE TRABAJO QUE BASTANTE NOS COSTÓ CONSEGUIR...

La Reforma Laboral de Rajoy: Agresion Directa a Todo el Pueblo

El Gobierno de Mariano Rajoy aprobó este viernes la reforma laboral con la que se generaliza el despido con 20 días de indemnización en España. La vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, acompañada de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, explicó las claves de la nueva normativa que acaba de ratificar el Consejo de Ministros y que entrará en vigor tras su publicación en el BOE este sábado. De la reforma, según pasan las horas y tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se van conociendo todos los detalles. Estas son las claves de la polémica medida del Gobierno de Rajoy en los diferentes ámbitos a los que afecta:

Despido

La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (hasta ahora eran 42). Esta nueva indemnización no tendrá carácter retroactivo y se aplicará solo a los nuevos contratos. Esta decisión del Gobierno ha sido el punto más polémico. "Con esta reforma se justifica una pérdida de derechos de los trabajadores y se amplía la libertad de los empresarios para tomar decisiones", critica Enrique Goizueta, abogado laboralista. "Reducir la indemnización a 33 días no va a favorecer el empleo teniendo en cuenta que cuando todavía era de 45 días se ha despedido a mucha gente", explica. Los contratos fijos que actualmente tengan derecho a 45 días por año mantendrán esa cuantía hasta la entrada en vigor de la nueva norma, y a partir de ese día la indemnización pasará a ser de 33 días. El límite para ambos periodos será de 42 mensualidades.
El despido objetivo -que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción con una indemnización de 20 días por año trabajado- podrá aplicarse cuando existan pérdidas actuales o previsión de tenerlas y cuando la compañía tenga una disminución de ingresos durante tres trimestres consecutivos. La ministra de Trabajo ha asegurado que "por supuesto habrá un control judicial" en estos casos. Este control judicial sería, en todo caso, a posteriori, y después de que un trabajador interpusiera la correspondiente denuncia.
Los asalariados que cuenten con un contrato fijo ordinario sólo podrán recibir una indemnización por despido improcedente que no superará los 720 días de salario. Hasta ahora, el despido improcedente se pagaba con 45 días por año trabajado con un tope de 42 mensualidades. Cambia el método de cálculo: los años trabajados hasta la entrada en vigor del real decreto-ley se calcularán a 45 días, mientras que los restantes pasarán a indemnizarse a 33 días. Para facilitar el cálculo, la norma establece que el importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario.
El absentismo laboral individual del trabajador deja de estar vinculado al que haya establecido para el conjunto de la plantilla, con el fin de justificar más fácilmente el despido. El Gobierno ha procedido a eliminar una de las condiciones que permitían el despido objetivo, que determinaba que este se podría llevar a cabo "siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5% en los mismos periodos de tiempo". Desde ahora, bastará con que un trabajador falte de forma justificada más de un 20% de las jornadas a su trabajo durante dos meses o un 25% en cuatro meses para poder prescindir de él.
Los organismos y entidades del sector público que no sean viables ni se prevea que lo puedan ser en los próximos años podrán acogerse a causas objetivas de despido para redimensionar plantillas.
Las empresas que despidan a más de 100 trabajadores deberán articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo mínimo de seis meses.
Las empresas en beneficios que quieran reducir plantilla entre los trabajadores mayores de 50 años con cargo a sus recursos propios no tendrán que cumplir con el requisito de que el despido afecte a un mínimo de 100 trabajadores en un período de tres años. Además, detalla el modelo de cálculo de la fianza que deberán consignar estas empresas en el Tesoro Público para afrontar el pago de las cotizaciones sociales de los trabajadores afectados por el despido. La reforma laboral presentada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y aprobada en septiembre de 2010 reguló el despido en empresas con beneficios después de que se conociera que Telefónica iba a desprenderse de más de 5.000 trabajadores a pesar de obtener ganancias.
La reforma acaba con la exclusividad que hasta ahora tenían los representantes de los trabajadores ante un proceso de despido colectivo y que impedía que fueran echados los primeros. A partir de este domingo, que es cuando entra en vigor el real decreto-ley de reforma, los trabajadores con cargas familiares, los mayores de determinada edad o las personas con discapacidad también tendrán prioridades de permanencia en la empresa si así se pacta en el convenio. El Estatuto de los Trabajadores fija que sólo son los representantes legales de los trabajadores los que ostentan esa prioridad, algo que cambia este domingo.
El Gobierno elaborará un reglamento sobre "despidos colectivos, suspensión de contratos y reducción de jornada" en el plazo de un mes. El Ejecutivo se concede "el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley" para elaborar "un real decreto sobre el reglamento de procedimiento de despidos colectivos y de suspensión de contratos y reducción de jornada" que desarrolle el articulado de esta norma en esas materias. En concreto, el desarrollo legislativo se ceñirá "con especial atención a los aspectos relativos al periodo de consultas, la información a facilitar a los representantes de los trabajadores en el mismo, las actuaciones de la autoridad laboral para velar por su efectividad, así como los planes de recolocación y las medidas de acompañamiento social asumidas por el empresario".
Contratos

Se crea un nuevo contrato indefinido con un año de prueba que podrán utilizar las pymes con menos de 50 trabajadores. Gozará de una deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer empleado menor de 30 años.
El contrato indefinido que podrán hacer autónomos y pymes de menos de 50 trabajadores a menores de 30 años tendrá que ser en jornada completa y en el caso de que se haga a un desempleado deberá estar cobrando la prestación durante al menos tres meses antes de su incorporación. Los autónomos y pymes que contraten como primer trabajador a un menor de 30 años tendrán una bonificación fiscal de 3.000 euros. A esta cifra se podrán sumar otros 3.600 euros si el menor de 30 años está en el paro. Si se trata de un parado de larga duración, la bonificación será de 4.500 euros. En ambos casos el trabajador contratado deberá haber percibido la prestación durante, al menos, tres meses. La empresa requerirá al trabajador un certificado del Servicio Público de Empleo Estatal sobre el importe de la prestación pendiente de percibir en la fecha prevista de inicio de la relación laboral. El trabajador, de forma voluntaria, podrá compatibilizar el cobro del salario con el 25 % de su prestación por desempleo. El real decreto-ley incorpora una disposición adicional nueva a la Ley General de la Seguridad Social en la que detalla los trámites que deberá seguir el empresario y la información que deberá consignar en las comunicaciones que curse a los trabajadores que van al paro por despido colectivo, suspensión de contrato o reducción de jornada.
A partir del 31 de diciembre no se podrán encadenar contratos temporales que superen los 24 meses.
La edad máxima para acceder al contrato de formación y aprendizaje será de 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15%.
Se fomenta la contratación indefinida de los jóvenes menores de 30 años con hasta 3.600 euros, mientras que para los parados de larga duración la cifra será de hasta 4.500 euros.
Formación

Los trabajadores de más de un de un año de antigüedad tendrán derecho a 20 horas anuales de formación retribuidas siempre que el contenido de esos cursos esté vinculado al puesto de trabajo. Además, se creará un registro donde se recogerá la formación que ha recibido el trabajador a lo largo de su vida. Así, se exige que el empresario, cuando lleve a cabo una modificación técnica a la que se deba adaptar el trabajador, le ofrezca un curso para que pueda formarse.

Convenios

Se facilitará el descuelgue, es decir, que los empresarios que atravieses dificultades económicas, y las justifiquen, podrán desvincularse del convenio que regule su sector y decidir las nuevas condiciones de trabajo. De no alcanzar un acuerdo con los representantes de los trabajadores, cualquiera de las partes podrá acudir a la Comisión Consultiva de convenios Colectivos o sus equivalente autonómicos, que nombrará un árbitro y resolverá en 25 días como máximo.
Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de ámbito superior. para favorecer la negociación y la consecución de los acuerdos, las partes deberán negociar un nuevo convenio en el plazo máximo de 2 años. A partir de esa fecha, el convenio ya no estará vigente, por lo que se pone fin a la ultractividad indefinida de los convenios.
Para favorecer la negociación y la consecución de los acuerdos, las partes deberán negociar un nuevo convenio en el plazo máximo de 2 años desde que se decide comenzar la negociación. A partir de esa fecha, el convenio ya no estará vigente, por lo que se pone fin a la ultractividad indefinida de los convenios, es decir, que un convenio no podrá estar indefinidamente en vigor mientras se negocia el nuevo.
Salarios

Otra de las medidas presentes en la reforma que publica este sábado el BOE abre la puerta a una rebaja salarial generalizada permitiendo a los empresarios modificar el sueldo de sus trabajadores sin previo acuerdo. "La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa", dice el BOE en el artículo 41.1, que lleva por título Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.

Entre otras modificaciones (como la jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo o el sistema de trabajo y rendimiento), el texto especifica la "cuantía salarial".

Indemnizaciones a directivos de bancos

Los directivos de entidades financieras que hayan sido apartados de su cargo mediante un expediente disciplinario no tendrán derecho a percibir indemnización. Además, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea se limitan las indemnizaciones por cese de actividad de estos directivos. Estas indemnizaciones no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija o dos veces las bases máximas resultantes de los límites fijados por el Gobierno hace una semana.

Permiso por maternidad

El Gobierno ha suprimido los incentivos existentes desde 2006 para los contratos por reincorporación de las mujeres tras el permiso por maternidad. Desaparecen las bonificaciones mensuales de las cuotas empresariales a la Seguridad Social para los contratos indefinidos de las mujeres que regresan a su puesto de trabajo tras la maternidad o una excedencia por cuidado de hijos, según el artículo 3 de la Ley 43/2006 de 29 de diciembre para la mejora del crecimiento y el empleo. Los empresarios tenían derecho a un descuento anual de 1.200 euros, 100 euros al mes, durante "los 4 años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo".

Sentencia sobre un ERE

Las sentencias sobre Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) no podrán ser recurridas ante el Tribunal Supremo (TS) cuando afecten a menos de 50 trabajadores. La nueva reforma ha modificado varios artículos de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, también ha suprimido la posibilidad de presentar recursos de súplica por despidos colectivos. Así, desaparece la posibilidad de recurrir en casación ante el TS "las sentencias dictadas en relación con expedientes de regulación de empleo, de extinción de contratos de trabajo, suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cualquiera que sea la cuantía, cuando afecten a menos de cincuenta trabajadores".

En el decreto ley también se detalla el nuevo procedimiento judicial sobre las demandas presentadas contra despidos colectivos, que deberá estar resuelto en menos de dos meses, de acuerdo con los plazos indicados en esta norma. También ha eliminado el acceso al conflicto colectivo cuando la empresa niega a los representantes de los trabajadores información de "carácter reservado" o cuando no les comunica "determinadas informaciones". Además, ha excluido el uso del conflicto colectivo por "los litigios relativos al cumplimiento por los representantes de los trabajadores y los expertos que les asistan de su obligación de sigilo".

Otros

Se estrecha la colaboración con las mutuas de trabajo para evaluar la incapacidad temporal de los trabajadores.
El Gobierno ha acordado suspender la integración del Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM) y del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). El anterior Gobierno presidido por José Luis Rodríguez Zapatero había acordado a finales de agosto de 2010 que en el plazo de seis meses, que vencería este febrero, debería haberse regulado el procedimiento para completar "la citada integración y el funcionamiento efectivo del nuevo organismo". Sin embargo, con la reforma laboral aprobada este viernes por el Consejo de Ministros y que entra mañana en vigor, queda derogada la fusión prevista entre ambos organismos. Tras el anuncio de fusión, a comienzos del pasado otoño surgieron movilizaciones de funcionarios y trabajadores públicos para pedir más fondos para mejorar el funcionamiento del Servicio Público de Empleo Estatal y del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), por el retraso que acumulaban en la tramitación de expedientes.
Cobro del paro anticipado. Se posibilita la capitalización del 100% de la prestación por desempleo para jóvenes de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 años que inicien una actividad como trabajadores autónomos.
Se propone un plan especial de la Inspección de Trabajo para combatir el fraude y la economía sumergida. Los empleados que cobren la prestación por paro podrán realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad, mediante convenios de colaboración con las administraciones públicas. Esta prestación es coercitiva, es decir, en caso de no llevarse a cabo el parado podría sufrir una penalización.
Recientemente, Báñez señaló que los servicios públicos de empleo (el antiguo Inem) solo consiguen colocar al 3% de los parados, unos resultados que dijo que "no son buenos", teniendo en cuenta que España cuenta con más de cinco millones de desempleados. Para facilitar la búsqueda de trabajo, el Gobierno permitirá que las Empresas de Trabajo Temporal se unan al sector público, estableciendo una colaboración público-privada para ayudar a recolocar a los parados.

miércoles, 25 de enero de 2012

Curso Prevencion en Trillo







Trabajadores de Correos , llegados desde diferentes puntos de España , estuvimos haciendo el Curso de Riesgos Laborales , en la Central Nuclear de Trillo . ha sido una jornada con nuevas experiencias, y la verdad muy amena, en la que hemos aprendido muchisimo sobre prevencion, en materia de extincion de fuegos, por un dia hemos dejado las cartas y nos hemos convertido en Bomberos, creo que ha sido muy fructifero, y aunque deseamos no tener que utilizar todo lo que nos han enseñado, porque nunca tengamos que enfrentarnos a un verdadero incendio, quiero decir que ha sido un curso muy interesante, y queremos dar las gracias a Sergio y todos sus compañeros por la atencion y por lo bien que se han portado con los Compañeros de Correos que nos toco ir a este curso













viernes, 13 de enero de 2012

Liu Bolin ( el hombre invisible)

Liu Bolin El Hombre Invisible

jueves, 12 de enero de 2012

Fotografias de Erik johansson

Fotografias de Erik Johansson

martes, 10 de enero de 2012

Viñetas ( www.e-Faro.info )











CARTA IRONICA SOBRE EL DERECHO CONSTITUCIONAL DE HUELGA

¿ HUELGA ?
Hay que recordar que aunque esté convocada una huelga general en todo el estado español para defender los intereses de la clase trabajadora, existe el derecho a seguir siendo explotado,… perdón, el derecho a trabajar. Si eres de los que quieres ejercer el derecho a trabajar, no olvides que también existen otro tipo de derechos que nadie debe arrebatarte:
 Derecho a que te alarguen la edad de jubilación hasta los 67 años o incluso a los 70, aunque estés para el arrastre. Fundamental.
 Derecho a que te suban los años de cotización para que puedas cobrar menos jubilación. Que no te quiten este derecho.
 Derecho a que te bajen el sueldo. Defiéndelo.
 También tienes derecho a que te despidan si tu jefe ha previsto pérdidas para el año que viene. Esto es importante.
 No olvides tu derecho a que tu jefe se pueda saltar el convenio y ofrecerte unas condiciones de trabajo individuales por debajo de los mínimos estipulados en convenio.
 Defiende el derecho a que te puedan despedir en cuatro días, a pesar de que hayas decidido trabajar en un día de huelga.
 Te corresponde el derecho a que te despidan por casi la mitad de dinero.
 Derecho a pensar que no vamos a conseguir nada con la huelga. Es mejor quedarse quietos y no hacer nada. Aguantaremos con lo que venga y ya está. Es por nuestro bien.
 Que nadie te quite la ilusión de heredar la empresa. Estaría bueno.
 Tienes derecho a “pasar” de los sindicatos, porque son todos iguales. Lo único que quieren es ganar dinero sin trabajar. Van a lo suyo y son todos unos chupópteros ¡todos! Incluso la CNT, que son trabajadores, que no tienen liberados, que se gestionan con la cuota de sus afiliados y no cobran un euro del estado. A ti no te la dan.
 Tienes derecho a ponerte en lugar del empresario. Cuantos problemas tiene, no como tú, egoísta.
 No renuncies al derecho de entregar tu dinero (dinero público) a los bancos, para que se puedan hacer recortes en gastos sociales e infraestructuras. ¿Para qué queremos tantos hospitales o escuelas? Lo primero es la banca, que está sufriendo mucho.
 Pero sobre todo, que nadie te quite el derecho a dejar un mundo peor para tus hijos, dilapidando los pocos derechos que nos quedan y que nuestros antepasados conquistaron con sangre, sudor y lágrimas. Que les den por saco, di que sí

lunes, 9 de enero de 2012

Carta de Endesa a usuario canario y respuesta de éste; SENCILLAMENTE... ¡¡¡GENIAL!!!


Carta de Endesa a usuario canario y respuesta de ésteSENCILLAMENTE... ¡¡¡GENIAL!!! I. Primera carta de amor
“Estimado señor:
 Endesa Distribución va a proceder próximamente a la sustitución de su contador de electricidad por uno nuevo que dispone de capacidad de  Telegestión, en cumplimiento de la normativa vigente (RD 1110/2007 de 24 de agosto y Orden TC/3860/2007 de 28 de diciembre). El nuevo sistema de Telegestión permitirá entre otras funciones la lectura a distancia de su consumo. 
A lo largo del próximo trimestre, un operario autorizado por Endesa sustituirá el contador que usted tiene actualmente instalado. Si su contador se encuentra en el cuarto de contadores o es accesible desde el exterior de su vivienda, no será necesario que usted esté presente. En caso contrario, el operario se pondrá en contacto con usted para poder realizar el cambio de contador.   El coste de la sustitución correrá a cargo de Endesa y usted sólo tendrá que abonar una cantidad en concepto de Derechos de Enganche, que según se establece en la legislación actual asciende a 9,04 euros. Por otra parte, el coste mensual de alquiler del contador a aplicar será de 0,81 euros.   Si necesita cualquier aclaración sobre esta sustitución o desea realizar alguna consulta, puede contactar con nosotros dirigiéndose al Teléfono de Atención de Endesa Distribución Eléctrica 902 509 600. Estaremos encantados de atenderle.   Agradeciendo de antemano su colaboración, reciba un cordial saludo”.     II. Respuesta. Segunda carta de amor

“Estimados señores de Endesa Distribución:
 He recibido su amable carta de fecha indeterminada (porque no la ponen) en la que me comunican una serie de hechos consumados basados, naturalmente, en que ustedes como monopolio hacen siempre lo que les sale de los electrones y a nosotros, como miembros de la honorable manada de borregos forzosamente consumidores, nos queda la única opción gozosa de pagar.     Les dirijo esta carta porque en el texto que me han enviado, como a otros muchos miles de consumidores, supongo, existen algunas cuestiones que me han sumido en un estado de estupor, catatonia y asombro. O dicho de otra forma, que me han fundido ustedes los plomos.   Porque vamos a ver. Me dicen ustedes amablemente que van a proceder a cambiarme “mi” contador de electricidad. Una cuestión bastante curiosa porque resulta que en el desglose de la factura que les pago a ustedes todos los meses les abono una cantidad en concepto de alquiler de contador. Y digo yo, ¿cómo es posible que les haya pagado un alquiler por algo que  era mío? ¿Habrán incurrido ustedes, mi querido monopolio, en un involuntario y pequeño error por el que me han estado cobrando indebidamente una modesta pero significativa cantidad a lo largo de los últimos años?   Sigo adelante con la carta y observo que me cuentan ustedes que el nuevo contador permite la lectura a distancia (es decir, más gente al paro, me temo, maldita tecnología) lo cual, como fácilmente comprenderán, a los usuarios nos la refanfinfla. Dicho de otra manera, que me da igual que lean ustedes el contador a medio metro o desde las quintas chimbambas, a condición de que las lecturas sean las reales.     Añaden que el coste de la sustitución -en cumplimiento de la normativa legal- correrá a cargo de Endesa. Y digo yo que faltaría más que nos cobraran a nosotros por algo que ni hemos pedido ni maldita la falta que nos hace. O sea, que les agradezco la información aunque me resulte irrelevante. Lo que me llena de asombro es que me indiquen que “solo” tendré que abonar “una cantidad en concepto de derechos de enganche que según la legislación actual asciende a 9,04 euros”. Vamos a ver, querido monopolio, ¿cómo nos van a cobrar a los usuarios un reenganchede un desenganche que ni hemos pedido, ni hemos contratado? Porque digo yo que porque a ustedes les salga del flujo de electrones cambiar los contadores, como les podría dar por cambiar esas divertidas torretas eléctricas de colorines con las que generosamente nos han adornado las autopistas para mejorar nuestra imagen turística, ¿a mi que me cuentan? Eso del derecho de enganche, que debe ser un asunto más complejo que el derecho romano, es un devengo que se produce cuando un usuario se da de alta en la red por primera vez o lo vuelve a hacer después de que le hayan cortado la luz por impago. ¿Pero cómo le pueden cobrar enganche a un consumidor que no se ha desenganchado, que está al corriente de sus pagos y que tiene un contrato vigente con ustedes para el suministro en unas condiciones pactadas?     Es que si tenemos en cuenta que tienen ustedes, un suponer,600.000 usuarios en Canariasa casi diez euros por barba, se van a embolsar así como quien no quiere la cosa unos seis millones de euros, que hay meses que no los gana uno, créanme, aunque sea expresidente de Gobierno y además de llevarse 80.000 del ala al año limpios de polvo (aunque no me consta que de paja) cobren por hacer de lobby para algunas de las grandes empresas españolas.     Lo que ya me descalabra completamente es que añadan -supongo que intentando convertir la carta en un relato kafkiano- que el coste mensual del alquiler del contador a aplicar (un lapsus sintáctico porque en todo caso querrán decir ustedes ·el costo mensual a aplicar del alquiler del contador...·) será de 0,81 euros. A veeeeerrr. Si el contador es mío ¿me van a pagar ustedes 0,81 euros mensuales? ¿O será que realmente el contador es de quien es -es decir, de ustedes- y amablemente me comunican que me van a cobrar esa módica cantidad mensual?. Y si es de ustedes, ¿por qué principian hablando de “mi” contador
  Queridos amigos del monopolio. No se líen. El contador es de ustedesLo era antes y lo es ahora. Por eso me cobraban antes el alquiler y me lo van a cobrar ahora. Y lo cambian ustedes por imperativo legalcon lo que esa pretensión de cobrarles diez euros a los usuarios me parece sencillamente que es sacar las patas del tiesto y echarle un poco de morro al asunto. Sobre todo porque lo que realmente se callan en su amable carta -en las cartas, como en la vida,es más importante lo que se calla que lo que se cuenta- es que el nuevo contador tecnológicamente avanzado que nos están cascando por decisión unilateral les va a permitir a sus señorías detectar a aquellos usuarios -viviendas, oficinas, bares, restaurantes y otros- queestán consumiendo ligeramente por encima de la potencia contratada. O dicho de otra manera, que aquellos consumidores que tienen con ustedes un contrato de potencia de 5 kw y resulta que de media están consumiendo un poco por encima -que como bien saben son un porrón- van a tener que pagarles esa energía extra con un sustancioso recargo y, de propina, estarán obligados a realizar un nuevo contrato de mayor potencia. Es decir, que con esos nuevos contadores van a detectar ustedes los pequeños sobreconsumos que ahora se les escapan, van a cobrarlos con banderillas y van a hacer el negocio redondo aumentando el rango de potencia de los contratos. Ustedes lo saben. Yo lo sé. Los usuarios no lo sabían.     Resulta descorazonador que mientras hacen ustedes todo esto, la gente que se supone que representa los intereses de los ciudadanos sigan discutiendo del sexo de los galgos y los podencos. Si esto fuera un libre mercado, allá penas porque estarían ejerciendo con toda legitimidad sus derechos como empresa y los usuarios estarían en condiciones de elegir. Como resulta que tienen ustedes el monopolio real de la distribución no estamos hablando de un mercado libre y las reglas del juego deben ser distintas. Desde luego no deberían pasar porque ustedes hagan lo que les salga del forro de los cajones de los electrones y a los usuarios, forzosos, no les quede otra que tragar.   Les agradezco su amable y distorsionada información en torno a sus planes para apretarnos un poco más los bolsillos, les recomiendo encarecidamente que su grupo de producción compre energías renovables de los nuevos parques eólicos del Cabildo de Tenerife (y de paso quesos, vino, yogures, piensos, vacas... o jugarse incluso unas perritas en los casinos de la casa) y les aseguro que como se les ocurra cobrarme diez euros por un reenganche que no he pedido,pienso acudir a la Organización de Consumidores y Usuarios para que no me hagan ni puñetero caso, perder el tiempo, frustrarme y pensar una vez más que estamos indefensos ante los monopolios, los mercados intervenidos y los ineptos que se suponen que tienen que defendernos.   Reciban un cordial saludo.   III. Y una objeción desesperada

PD. El número de información al que me indican en la carta que debo llamar (el 902 509 600 de Atención al Cliente de Endesa Distribución Eléctrica) es un call center -como dicen los modernos- que está en Madrid (me gustaría que creen puestos de trabajo donde yo pago, no sé si me entienden). Te atiende primero un sistema robotizado y luego una amable persona que solo acierta a repetir el manual de la compañía que viene a ser: “Le entendemos, pero le vamos a cobrar. Esto es lo que hay”. Ah. Y el número es de tarificación especial, de pago, con lo cual además de esperar, preguntar y no tener respuesta, también terminamos pagandoPor cierto, por mucho que me he leído las disposiciones legales que citan en su carta -y otras- sobre el cambio en los equipos de medidas básicos, por ninguna parte he visto otra interpretación que la de que son ustedes los que deben instalarlos y pagar el coste de la instalación.
 QUE EMPICE A CIRCULAR AHORA, NO ESPERAR HASTA FEBRERO....(Y apuntar en vuestras agendas en el día del consumidor)  QUE NO SE TE OLVIDE Este puede ser el comienzo, así lo he recibido y así os lo mando. VAMOS A PASAR DEL CABREO A LOS HECHOS.

APAGÓN GENERAL DÍA 15 DE FEBRERO

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